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  • Consulta :
  • Autor : AdvocatusRectus
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    Respuesta No: 395832

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Saludos Licenciado Magister Curiae:

    . Cierto lo que comenta, estoy en actualización, le agradezco su orientación, ya cheque el Código Nacional de Procedimientos Penales (vigente) lo Relativo al No Ejercicio de la Acción Penal en su articulo 258 y me ha quedado claro lo señalado por Usted misma contiene la respuesta al consultante. Saludos.