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DIVORCIO EXPRESS

  • Consulta : 97017
  • Autor : sg0219m_NR
  • Publicado : Viernes 07 de Enero de 2011 11:36 desde la IP: 192.234.69.75
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,139
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  • Autor
    Consulta

  • sg0219m_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Buen dia me pueden por favor decir que se necesita para promover este tipo de divorcio y que costo tiene,ademas de si es necesario estar llendo al juzgado a citas y citas .

    Gracias !

     

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  • Autor
    Respuesta No: 203506

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    HOLA

    BUENO PARA EMPEZAR SE REQUIERE QUE TU ULTIMO DOMICILIO CONYUGAL HAYA SIDO EN EL DF, ESTO POR LA RAZON DE QUE SOLAMANTE EN EL DF EXISTE EL DIVORCIO UNILATERAL.

    DOS, QUE CONTRATES UN ABOGADO.

    NO SE REQUIERE ACUDIR A VARIAS AUDIENCIAS ,AL MENOS A AUNA AUDIENCIA .

    EL COSTO VARIA ,UNOS COBRAN 10,000 ,OTROS HASTA 3,000.

    SALUDOS

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 203509

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Complementado lo que dice el buen cerillo ( a quien le mando un saludo), le dejo esta información sobre el divorcio incausado.

     

    DIVORCIO EXPRES O INCAUSADO EN EL D.F

    ¿QUE NECESITA PARA TRAMITAR SU DIVORCIO EN MEXICO D.F.?

    1.-Tener al menos un año de haber contraído matrimonio.

    2.-Tener su domicilio conyugal o domicilio en común con su pareja en México D.F.

    3.-El acta de matrimonio y actas de nacimiento de sus hijos.( de tenerlos)

    Que lo solicite uno de los cónyuges, ante un Juez de lo Familiar, en el Distrito Federal; el procedimiento es el siguiente:

    DOCUMENTOS QUE SE REQUIEREN PARA PRESENTAR SU DEMANDA DE DIVORCIO:

    • Copia certificada de Actas de Nacimiento de los hijos procreados
    • Copia certificada de Matrimonio.

    En caso de haber contraído matrimonio bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal, se necesitara copia certificada de las capitulaciones matrimoniales o convenio de sociedad conyugal.

    LA PROPUESTA DE CONVENIO, CONTIENE; ADEMÁS DE OTROS PUNTOS, PRINCIPALMENTE LO SIGUIENTE:

    1. Liquidación de la sociedad conyugal, si se caso bajo ese régimen, es decir la forma como se liquidaran los bienes mancomunados.
    2. Régimen de visitas y convivencias a que tendrá derecho el cónyuge que no se quede con la guarda y custodia de los hijos.
    3. El monto de la pensión alimenticia que se otorgara a los hijos.

     

    • Se presenta la demanda y el convenio ante el Juez de lo Familiar.

     

    • Se notifica de la demanda y del convenio al otro cónyuge.

     

    • El cónyuge demandado tendrá 15 días hábiles para presentar su contrapropuesta de convenio o manifestar su conformidad con el convenio exhibido por la parte que promovió el divorcio.

     

     

    • Si el cónyuge notificado ofrece su contrapropuesta de convenio dentro del término citado, el juzgado señalara día y hora para la celebración de una audiencia, en la que se tratara de unificar o conciliar los puntos de la propuesta y contrapropuesta de los convenios exhibidos por ambos cónyuges.

     

    • En caso de no llegar a un acuerdo en la propuesta y contrapropuesta del convenio multicitado, el juez; decretara el divorcio mediante sentencia; y dejará a salvo los derechos de ambos cónyuges, para resolver al respecto sobre los puntos en los cuales no se pusieron de acuerdo en la propuesta y contrapropuesta de los convenios exhibidos por ambos cónyuges.

     

     

    • Estas diferencias se resolverán dentro del mismo expediente, a través del incidente correspondiente.

    Nota: El juez emitirá sentencia de divorcio, aun cuando no se hayan puesto de acuerdo ambos cónyuges en cuanto a los convenios exhibidos.

    DURACIÓN DEL DIVORCIO INCAUSADO

    El divorcio incausado tarda en decretarse en un término máximo de dos meses, contados a partir de que se ingresa la demanda de divorcio.

    LA OTRA FORMA DE PROMOVER EL DIVORCIO ES CUANDO AMBOS CONYUGES LO SOLICITAN.

    Procede el divorcio administrativo cuando habiendo transcurrido un año o más de la celebración del matrimonio, ambos cónyuges convengan en divorciarse, sean mayores de edad, hayan liquidado la sociedad conyugal de bienes, si están casados bajo ese régimen patrimonial, la cónyuge no esté embarazada, no tengan hijos en común o teniéndolos sean mayores de edad, y éstos no requieran alimentos o alguno de los cónyuges. El Juez del Registro Civil, previa identificación de los cónyuges, y ratificando en el mismo acto la solicitud de divorcio, levantará un acta en que los declarará divorciados y hará la anotación correspondiente en la del matrimonio anterior.

     

    El divorcio se puede tramitar por ambos cónyuges, en el cual exhibirán su convenio.

    Una vez presentada la demanda por ambos cónyuges, el juez requerirá la presencia de ambos cónyuges, para que se presenten personalmente en el juzgado, para ratificar su demanda de divorcio y el convenio que exhibieron.

    Una vez ratificada la demanda y el convenio, el expediente pasara a sentencia.

    Nota: Si no tiene domicilio conyugal o en común con su pareja en México D.F., PERO AMBOS CONYUGES ESTAN DE ACUERDO Y CONFORMES CON EL DIVORCIO, aunque no vivan en el D.F. y vivan en cualquier parte de la Republica Mexicana o del mundo, se puede llevar a cabo este divorcio en los juzgados familiares del D.F.

     

    Si tiene algún comentario, no dude en consultar.

    Lic. Mecino.

    Cel.: 5531195396.

    México, Distrito Federal





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